La asociación de abogados Ahora Abogacía considera “fuera de la realidad” la condena por delito de desobediencia grave a la autoridad impuesta a D. Francisco Javier Lara Peláez, ex decano del Colegio de Abogados de Málaga, por la magistrada Montserrat Cortés López, del Juzgado de lo Penal nº 15 de Málaga.
“Desde Ahora Abogacía queremos expresar nuestro apoyo sin fisuras a D. Francisco Javier Lara Pérez, Ex Decano del Colegio de Abogado de Málaga, quién en el peor momento de la pandemia, con miles de muertos en las calles, cuando aún no había medidas de seguridad para los abogados y otras profesionales esenciales, protegió e hizo cumplir las medidas de prevención laboral emanadas por la Junta del Colegio de Abogados de Málaga, para asistir a los detenidos en los Juzgados del Palacio de Justicia de Málaga con las garantías necesarias para proteger la salud de los abogados y de sus familiares en un tiempo de incertidumbre, por este hecho ha sido finalmente condenado”, señala la declaración aprobada por la Junta Directiva de Ahora Abogacía.
Los hechos sucedieron el 6 de mayo de 2020. El Juzgado de Instrucción número 10 de Málaga solicitó al Colegio de Abogados de Málaga la asistencia letrada a cuatro detenidos que habían sido puestos a disposición judicial el Juzgado de Guardia. Tras constatar que en el partido judicial de Málaga el “sistema circuit” no estaba en funcionamiento y era incompatible con el sistema de grabación Arcontes, sistema general de grabación de las actuaciones judiciales de los Juzgados en Andalucía, entendiendo que no se daban las circunstancias de seguridad para la atención de los detenidos, el Decano decidió no cursar esa solicitud—cuyo efecto fue la puesta en libertad de los detenidos— y elaborar de forma urgente un protocolo de salud y seguridad, acorde con las recomendaciones sanitarias relativas a la pandemia.
Protocolo de Salud y Seguridad
Pese a la gravedad de las circunstancias, la magistrada menosprecia el Protocolo de Salud y Seguridad del Colegio de Málaga por entender que se realizó de forma unilateral. No obstante, hay que recordar que el país se encontraba en estado de alerta sanitaria y declarada la situación de Estado de Alarma en virtud de Real Decreto 463/2020 de 14 de Marzo y prórrogas sucesivas, cuyo objetivo era evitar a toda costa el contacto presencial priorizando la salud pública frente a otros derechos. En esas circunstancias, el Protocolo de Salud y Seguridad se realizó de forma urgente para proteger la seguridad de los abogados, adoptando las medidas de no asistencia presencial en cumplimiento del Real Decreto de Estado de Alarma.
Para Ahora Abogacía, “la sentencia por desobediencia grave y la condena impuesta es otro claro ejemplo de la profunda desigualdad que existe entre los abogados y los operadores jurídicos, ante el cual sentimos un profundo rechazo ya que supone un retroceso en los derechos y respeto que paulatinamente había conseguido la abogacía en los últimos tiempos”.